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Castellano neutro de Argentina

Por Marina N. Menéndez

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El 17 de julio de 2013 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina el Decreto 933, que sanciona el doblaje obligatorio al “castellano neutro” de Argentina para casi todo lo que se emita por televisión. Este decreto reglamenta la Ley N° 23316, del año 1988, que nunca se había puesto en vigencia.

La polémica sobre esta ley tiene intereses comerciales y culturales. Como no soy abogada ni legista, leo el decreto y las leyes relacionadas desde mi perspectiva de traductora y correctora de español. Todo bien con el impulso a la industria pero no basta con un loable fin, también hay que pensar en los medios para lograrlo. Primero, cito fragmentos de la nueva normativa vigente. Luego, señalaré algunos interrogantes sobre esta ley que me provocan escozor lingüístico y cultural. Por último, reseño los antecedentes del doblaje obligatorio en España promulgado por Franco en 1941.

Los textos de la ley

Todos los resaltados en el texto son míos.

Aquí el texto del artículo 1° del Decreto 933:

La programación que sea emitida a través de los servicios de radiodifusión televisiva contemplados por la Ley Nº 26.522, incluyendo los avisos publicitarios y los avances de programas, debe estar expresada, en el idioma oficial o en los idiomas de los Pueblos Originarios, con las excepciones previstas en el artículo 9° de dicha ley.

El artículo 3° establece que “Se considera como idioma oficial al castellano neutro según su uso corriente en la REPUBLICA (sic) ARGENTINA, pero garantizando su comprensión para todo el público de la América hispanohablante.”

Asimismo, el Decreto 933 considera que la Ley 23316 “reguló los porcentajes mínimos de doblaje que se deben realizar en el país, como medio razonable para la defensa de nuestra cultura e identidad nacional, circunstancia que se garantiza a través de la actividad desarrollada por actores y locutores que posean nuestras características fonéticas”.

El Decreto 933 se basa en las siguientes leyes:

  • Ley N.° 17741 de 1968 (texto ordenado 2001) de fomento de la actividad cinematográfica nacional. Esta ley establece en que el Director Nacional de Cine y Artes Audiovisuales deberá “disponer la obligatoriedad de procesar, doblar, subtitular y obtener copias en el país de películas extranjeras en la medida que lo considere necesario en función del mercado nacional”
  • La Ley N.° 23316, de 1986. Esta ley estableció en su artículo 1° la obligatoriedad del doblaje:

El doblaje para la televisación de películas y/o tapes de corto o largometraje, la presentación fraccionada de ellas con fines de propaganda, la publicidad, la prensa y las denominadas «series» que sean puestas en pantalla por dicho medio y en los porcentajes que fija esta ley, deberá ser realizado en idioma castellano neutro, según su uso corriente en nuestro país, pero comprensible para todo el público de la América hispano hablante.

El artículo 8° de la ley 23316 establece que «No podrá televisarse en ningún canal abierto o cerrado del país, materiales importados y/o doblados por empresas no registradas en el Instituto Nacional de Cinematografía”.

Y el artículo 11° dice:

Si un canal que se proponga estrenar un material doblado en el país, lo rechazara por considerar que el doblaje es deficiente, deberá comunicar esta decisión al Instituto Nacional de Cinematografía y éste procederá a un control de calidad mediante una comisión formada por un representante del canal en cuestión, uno del Instituto Nacional de Cinematografía y uno de la Asociación Argentina de Actores especializado en doblaje (interpretación, sincronismo, castellano neutro) si se tratara de ficción dramática -tal cual se especifica en el artículo 3º-, o uno del Instituto Superior de Enseñanza Radiofónica especializado en doblaje (interpretación, sincronismo, castellano neutro) -según lo establecido en el artículo 4º- si lo fuese de no ficción. En los casos en que el dictamen resultare desfavorable, deberá rehacerse el doblaje o reemplazárselo por otro de igual duración a los efectos de esta ley.

  • La Ley N.° 26522 del año 2009, conocida como Ley de Medios. El artículo 9 de esta ley estableció

Idioma. La programación que se emita a través de los servicios contemplados por esta ley, incluyendo los avisos publicitarios y los avances de programas, debe estar expresada en el idioma oficial o en los idiomas de los Pueblos Originarios21, con las siguientes excepciones:

a) Programas dirigidos a públicos ubicados fuera de las fronteras nacionales;

b) Programas destinados a la enseñanza de idiomas extranjeros;

c) Programas que se difundan en otro idioma y que sean simultáneamente traducidos o subtitulados;

d) Programación especial destinada a comunidades extranjeras habitantes o residentes en el país;

e) Programación originada en convenios de reciprocidad;

f) Las letras de las composiciones musicales, poéticas o literarias.

g) Las señales de alcance internacional que se reciban en el territorio nacional.

  • Ley N.° 26838 de 20013, que declaró “a toda actividad desarrollada por las diferentes ramas audiovisuales que se encontraran comprendidas en el artículo 57 de la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias como una actividad productiva de transformación asimilable a una actividad industrial”.

Mis interrogantes

(Pueden omitirlos y seguir leyendo más abajo)

¿Qué entiende la normativa por castellano neutro?

¿Quienes redactaron la ley y sus reglamentaciones saben que el castellano neutro es una abstracción, es decir, una cierta convención que manejan los traductores (ya sea de texto o de material audiovisual) y que responde a un criterio comercial, no lingüístico?

¿El “castellano neutro de la República Argentina” no es una incoherencia lógica y conceptual?

¿Qué pasará con la diversidad fonética del castellano en Argentina? ¿El castellano rioplatense será la norma?

¿El doblaje respetará el voseo y el yeísmo, propio de la mayor parte de Argentina?

Si le quitamos al castellano /kɑsteɑnɔ/ de Argentina el voseo y la típica pronunciación africada de las letras <ll> y <y>, ¿se puede defender «nuestra cultura e identidad nacional» a través de «nuestras características fonéticas», como dice el Decreto 933?

¿De qué manera la aplicación de esta ley protege los derechos de las personas sordas o con disminución auditiva? ¿No sería una buena idea que la ley estableciera la obligatoriedad de doblar a LSA (Lenguaje de Señas de Argentina) todo el material que se transmite por televisión?

¿Qué instituciones educativas argentinas garantizan la disponibilidad de profesionales del doblaje? Recordemos que los actores y locutores, que menciona la normativa, no necesariamente están capacitados para el doblaje.

El doblaje es un trabajo especializado que consta de dos fases: la traducción audiovisual y el doblaje propiamente dicho. La nueva normativa solo contempla la segunda fase, es decir, el audio. ¿Cómo será el proceso para contratar traductores especializados? Argentina cuenta con carreras de traducción de alto prestigio internacional, como la Universidad Nacional de Córdoba y la Universidad Nacional de La Plata, y con Colegios de Traductores. Solo espero que los traductores contratados sean traductores. De esta manera se protegería la industria nacional.

¿Por qué no hay profesionales especializados en traducción y doblaje entre los miembros que integrarán la comisión de control de calidad (art. 11° de la Ley 23316)?

¿Quienes firmaron el decreto tendrán alguna idea de lo qué es la naturalización, la extranjerización, la internacionalización y la localización en el área de la traducción audiovisual?

Franco y el doblaje obligatorio en España

Queda prohibida la proyección cinematográfica en otro idioma que no sea el español, salvo autorización que concederá el Sindicato Nacional del Espectáculo, de acuerdo con el Ministerio de Industria y Comercio y siempre que las películas en cuestión hayan sido previamente dobladas. El doblaje deberá realizarse en estudios españoles que radiquen en territorio nacional y por personal español

En 1941 Franco promulgó la normativa que estableció el doblaje obligatorio en España. Mussolini ya había hecho lo mismo en Italia en 1938 con la Ley de Defensa del Idioma. Alemania y Francia también emularon  a Mussolini pero el doblaje obligatorio despareció. Hoy en Francia solo algunas películasextranjeras  han sido dobladas, el resto tiene subtítulos. Sobre el tema del doblaje obligatorio nos habla Diego Galán en un artículo publicado en el Centro Virtual Cervantes:

Otros historiadores, afines a cualquier disposición del Régimen de Franco, aplaudieron con entusiasmo la obligatoriedad del doblaje. […] Pero el doblaje obligatorio no significó sólo el regalo del idioma a las películas extranjeras, ni el destrozo artístico que significa suprimir las voces originales de los intérpretes, sino un medio perverso para ampliar las largas garras de la censura.

Aunque el doblaje obligatorio desapareció en 1946, la práctica continuó y recién en la década del setenta se volvieron a ver películas subtituladas en España. En los últimos años la polémica resurgió cuando la Generalitat propuso el subtitulado y doblaje obligatorio en catalán (pueden leer la nota «Al cine, mejor sin política» del diario El País).

Recomiendo leer «El puñetero ceceo» y «El doblaje obligatorio» de Diego Galán.

P.S. Es irónico que en la página web del Boletín Oficial de la República Argentina haya errores ortográficos como este:

Boletin oficial-fue con tilde

¿Ustedes qué opinan sobre el doblaje obligatorio?

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Promover el buen uso de la lengua española y la cultura en este idioma es el objetivo del II Concurso de Blogs,una excelente oportunidad para difundir –y conocer– bitácoras.

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Para votar este blog, solo tienen que hacer click en este enlace: <http://www.concursoblog.es/blog/espanol_con_virgulilla/515d98b72eb17&window_option=no_headers#>.

El concurso está organizado por:

Para quienes quieran seguir las novedades, Español (con virgulilla) también tiene su página en Facebook.

gracias

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Recomiendo:

Audiovisual Translation: Subtitling for the Deaf and Hard-of-Hearing, de Joselia Neves. Tesis doctoral, Roehampton University Research Repository

Guía metodológica básica para el subtitulado de videos, por A. García Crespo e I. Quintana,

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Congreso Internacional de Turismo Idiomático

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2 al 6 de octubre de 2012

Bariloche, Argentina

 

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Escribir en internet

Fundéu BBVA, Mario Tascón (dir.), 2012, Escribir para internet, Guía para los nuevos medios y las redes sociales, Madrid, Galaxia Gutenberg.

Escribir en internet. Guía para los nuevos medios y las redes sociales, elaborado por Fundéu BBVA y editado por Galaxia Gutenberg, se presenta como «el primer manual práctico de uso del español en los medios digitales y los soportes electrónicos».

Dirigida por el periodista Mario Tascón, la obra «recoge recomendaciones y estudios de más de cuarenta expertos sobre cortesía en la red, correspondencia electrónica, reputación online, español global, escritura colectiva, redacción para blogs, mensajería instantánea, gestión de comentarios, redes sociales, emoticonos, accesibilidad… y todo lo que hoy resulta necesario para trabajar con corrección en la Red» (Fuente RAE).

Se abordan temas tanto del uso cotidiano, tales como las nuevas formas de leer en medios digitales (aquí encontraremos interesante información sobre los estudios de eyetracking que investigan el recorrido del ojo por la pantalla y así detectan zonas que concentran la atención), la redacción de correos electrónicos, la escritura en redes sociales, los neologismos, la verificación de la información que se distribuye y la escritura colaborativa; como del uso profesional, entre ellos la usabilidad, la accesibilidad, el hipertexto,  los microformatos, la maquetación, los criterios de la escritura digital y los aspectos legales.

Según indican desde la Fundéu, algunos artículos del libro ya se han publicado en el Manual de estilo. Lamentablemente, no hay versión digital gratuita o de consulta online. Escribir en internet se comercializará tanto en formato impreso como en formato digital en las principales librerías. Galaxia Gutenberg ha publicado online y con acceso abierto solo el índice, el prólogo y el primer artículo «¿Por qué un manual de estilo de los nuevos medios?» de Joaquín Müller-Thyssen Bergareche.

Si bien la obra no es prescriptiva, sí es un intento de normativizar ciertos aspectos de la escritura en la Internet y un aporte importante sobre cuestiones que se debe tener en cuenta a la hora de publicar en la red.

Lecturas recomendadas:

  • Writing for the Web. Colección de artículos sobre cómo se lee en Internet y cómo se debería escribir en los medios digitales.

Actualización del 11 de octubre de 2012:

Hoy en la página del Manual de estilo se publicó un interesante artículo de la doctora Marga Cabrera sobre Nuevas profesiones en internet. Allí, la autora hace un recorrido por los nuevos perfiles profesionales de quienes producen y editan contenidos en medios digitales: arquitecto de la información, bloguero, gestor de comunidades, copy (redactor creativo), digitalizador. diseñador web, editor de web, especialista en márquetin electrónico, experto en accesibilidad, experto en analítica web, experto en metadatos, experto en SEM, experto en SEO, experto en usabilidad, gestor de contenidos, guionista multimedia, montador/maquetador, programador web, realizador de videos, responsable de contenidos (content curator) y responsable de reputación digital.

 

El español rioplatense

El español rioplatense es la variedad lingüística que caracteriza el habla de los argentinos y de los uruguayos en ambas orillas del Río de La Plata. El rasgo más distintivo es el voseo, el uso del pronombre vos en lugar de tú, y -especialmente en Argentina- la correspondiente conjugación verbal: vos tenés, vos sabés, vos decís…

El español rioplatense también está asociado con las lenguas de los inmigrantes que llegaron a esta zona, mayoritariamente italiano y francés, y con el lunfardo, jerga que incorpora vocablos y modismos de las lenguas inmigratorias y que cristaliza en las letras de tango.

Esta vez vuelvo al tema del español rioplatense y del lunfardo, que ya he abordado en otros posts, para recomendarles un nuevo libro El español rioplatense: lengua, literaturas, expresiones culturales, a cargo de los editores Ángela Di Tullio y Rolf Kailuweit y publicado por Iberoamericana y Vervuert. A continuación, el índice:

Di Tullio, Ángela/Kailuweit, Rolf
INTRODUCCIÓN
El español rioplatense
El español rioplatense y su perfil lingüístico
El español rioplatense y el contacto con las lenguas inmigratorias
Representaciones del español rioplatense
El tango y la identidad rioplatense
Bibliografía

I. EL ESPAÑOL RIOPLATENSE Y SU PERFIL LINGÜÍSTICO

Bertolotti, Virginia
LA PECULIARIDAD DEL SISTEMA ALOCUTIVO SINGULAR EN URUGUAY
0. Introducción
1. La construcción lingüística del Uruguay
2. Percepción y evaluación de rasgos lingüísticos
3. El sistema alocutivo pronominal singular en los siglos XVI, XVII y XVIII
4. El sistema alocutivo pronominal y verbal uruguayo en la actualidad
4.1. U-U (usted tiene)
4.2. T-V (tú tenés)
4.3. V-V (vos tenés)
4.4. T-T (tú tienes)
5. El sistema alocutivo uruguayo en el contexto rioplatense
6. Síntesis: el tratamiento como rasgo de identidad
Bibliografía

Pesˇková, Andrea
LA OMISIÓN Y LA EXPRESIÓN DEL PRONOMBRE SUJETO VOS EN EL ESPAÑOL PORTEÑO
0. Introducción
1. Factores relevantes para la presencia/omisión del pronombre sujeto
2. Corpus
2.1. Datos, metodología
2.2. Resultados
2.2.1. Frecuencia del pronombre sujeto
2.2.2. El modo y el tiempo verbal
2.2.3. Tipo de oración (según el valor comunicativo)
2.2.4. La semántica verbal
3. Experimento de producción y de juicio gramatical
3.1. Métodos
3.2. Resultados
4. Asuntos pendientes (aspectos discursivos del sujeto pronominal)
5. Conclusiones
Bibliografía

Pesˇková, Andrea/Gabriel, Christoph/Feldhausen, Ingo
FRASEO PROSÓDICO EN EL ESPAÑOL PORTEÑO. EVIDENCIA DE DATOS LEÍDOS Y SEMIESPONTÁNEOS
0. Introducción
1. “Buenos Aires habla con entonación italiana”
2. Fraseo prosódico en el español y en el italiano
3. Métodos y datos
4. Resultados
5. Interacción del fraseo prosódico con la estructura informativa
5.1. Métodos y datos
5.2. Resultados
5.3. Discusión
6. Conclusiones
Bibliografía

Rinke, Esther
EL DOBLADO DE CLÍTICOS EN EL ESPAÑOL ESTÁNDAR Y EL ARGENTINO: VARIACIÓN LINGÜÍSTICA Y ANÁLISIS SINTÁCTICO
0. Introducción
1. Caracterización del fenómeno en el español estándar
1.1. Hacia una diferenciación entre el doblado de clíticos y la dislocación
1.2. La distribución del doblado de clíticos
2. Condiciones para el doblado en el rioplatense
3. Los pronombre clíticos como marcadores de concordancia
4. La variación lingüística
5. Sumario
Bibliografía

II. EL ESPAÑOL RIOPLATENSE Y EL CONTACTO CON LAS LENGUAS INMIGRATORIAS

Gugenberger, Eva
¿EXISTE UN “COCOLICHE GALLEGO”? LA INMIGRACIÓN GALLEGA Y SUS IMPLICACIONES LINGÜÍSTICAS
1. Introducción
2. El aporte socio-cultural
3. La situación del la lengua gallega en Buenos Aires
4. ¿Existe un “cocoliche gallego”?
Bibliografía

Cancellier, Antonella
EL ESPAÑOL RIOPLATENSE EN LOS ESTUDIOS DIALECTOLÓGICOS DE GIOVANNI MEO ZILIO

Sardi, Valeria
LA TRADUCCIÓN CULTURAL COMO DISPOSITIVO DE NACIONALIZACIÓN: UNA CRUZADA CONTRA LA LENGUA Y LA CULTURA ITALIANA EN EL RÍO DE LA PLATA

III. REPRESENTACIONES DEL ESPAÑOL RIOPLATENSE

Ciapuscio, Guiomar E./Miotto, Carla F.
LAS IDEAS LINGÜÍSTICAS DE J. B. ALBERDI EN UNA SELECCIÓN DE ESCRITOS DE JUVENTUD Y MADUREZ
0. Introducción
1. Aspectos teórico-metodológicos
2. La Generación del 37
3. El proyecto lingüístico de los Románticos del Salón Literario
4. Continuidades y discontinuidades en las ideas lingüísticas de los textos de madurez
5. El problema denominativo: ¿lengua, idioma, dialecto, estilo?
6. Conclusiones
Bibliografía

Di Tullio, Ángela
BORGES Y ARLT. DOS DEFINICIONES DEL IDIOMA DE LOS ARGENTINOS
0. Introducción
1. Un incómodo antecedente: idioma nacional de los argentinos
2. El hispanismo del Centenario
3. Borges y su solución del dilema
4. La versión borgiana de El idioma de los argentinos
5. Roberto Arlt y su versión de El idioma de los argentinos
6. Conclusiones
Bibliografía

Kailuweit, Rolf
DEÍCTICOS EN LA CREACIÓN DE UN ESPACIO LINGÜÍSTICO-CULTURAL RIOPLATENSE
0. Introducción
1. La creación de un espacio lingüístico-cultural
2. El corpus
3. La deixis como constituyente de un espacio lingüístico-cultural
4. Deixis personal
4.1. Nosotros
4.2. Tú ~ vos / vosotros ~ ustedes
4.3. Deixis espacial
5. Conclusión
Bibliografía

Engels, Kathrin/Kailuweit, Rolf
LOS ITALO-LUNFARDISMOS EN EL SAINETE CRIOLLO. CONSIDERACIONES LÉXICOSEMÁNTICAS
0. Introducción
1. La cadena etnolectal
2. Adopción y creación de los italo-lunfardismos: aspectos formales
3. Los italo-lunfardismos en el sainete criollo
4. Semántica
5. La herencia italo-lunfardesca
Bibliografía

Allegroni, Andrés
LA LENGUA DE LA MEMORIA: LA POÉTICA DE ROBERTO RASCHELLA

IV. EL TANGO Y LA IDENTIDAD RIOPLATENSE

Balint-Zanchetta, Jaqueline
LOS GALICISMOS EN LAS LETRAS DE TANGO: REPRESENTACIÓN, ESTEREOTIPO Y
SIMBOLISMO DE ALGUNAS VOCES DE ORIGEN FRANCÉS
0. Introducción
1. Del contexto a la representación lingüística
2. Integración de los galicismos en las letras de tango
3. Adaptación léxico-semántica de algunos galicismos
4. Francesitas y “franchutas”
5. Temas y motivos
6. Aspectos connotativos
7. La connotación enunciativa
8. Tópicos y clichés vinculados a la identidad nacional y a la lengua francesas
9. Motivos y atributos femeninos
10. Dimensión simbólica del champán
11. Conclusión
Bibliografía

Apprill, Christophe
L’ENTRE-DEUX “ ARGENTIN” DU TANGO
0. Introduction
1. Ce tango que l’ont dit “argentin”
2. Le tango noir?
3. L’argentin du tango
4. Une danse populaire?
5. Une manière argentine de danser le tango?
Bibliographie

Pfänder, Stefan/Nazareno Saxe, Facundo
LA VOZ DE LA DIVERSIDAD. ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE LA VOZ DE LA MUJER EN EL TANGO ARGENTINO COMO ESPACIO QUE NACE EN LO ALTERNO
1. ¿Qué ocurre con la voz de las mujeres en el tango?
2. ¿La voz o las voces?
3. Las primeras voces femeninas en el tango
4. Un nuevo modelo: Tita Merello
5. La diversidad en estado puro: Tita Merello y Se dice de mí
6. Las otras voces de mujeres tangueras
7. La respuesta al rol masculino: Adriana Varela
8. La voz del tango –espacio que nace en lo alterno– trasciende el género del cantante
9. El tango: espacio de trascendencia social
Bibliografía

Recomiendo leer la reseña de Melanie WÜrth, publicada en Infoling.

Borealis: nueva publicación online sobre el español actual

En marzo de 2012 apareció el primer número de la revista Borealis: An international journal of Hispanic Linguistics.  Esta publicación online y de acceso abierto tiene como objetivo principal dar a conocer trabajos sobre el español actual que se focalicen en la investigación empírica y la búsqueda de sistematización de aspectos poco estudiados. El comité organizador incluye reconocidos y prestigiosos lingüistas, como Ignacio Bosque y Ángela di Tullio entre otros.

Hasta el 1 de octubre de 2012 se aceptan  trabajos  para el segundo número, que se publicará en diciembre.

Los artículos se pueden descargar en pdf:

What information structure tells us about individual/stage-level predicates, por Angel Jiménez-Fernández

Aspectual composition in «ser/estar + adjective» structures: adjectival scalarity and verbal aspect in copular constructions , por Silvia Gumiel e Isabel Pérez-Jiménez

Aspecto léxico, sentido y colocaciones: los nombres de sentimiento, por Begoña Sanromán

The effect of genre on reporting speech: conversations and newspaper articles, por Fleur van der Houwen

Libro animado

México abre camino en la era del libro digital al lanzar el 1er Premio Internacional Libro Animado Interactivo en español. El concurso lleva el nombre de Paula Benavides. En el portal del CONACULTA leemos que

         Podrán participar en este concurso libros animados interactivos de ficción, desarrollados para plataformas múltiples como Internet, computadoras personales y/o dispositivos móviles.

         Los libros deberán ser inéditos y originales, escritos en español y con una extensión de entre 90 y 200 páginas. Ningún elemento del libro deberá haber sido publicado en ningún medio o soporte.

Profunda en la etimología de la palabra libro queda la raíz liber, que hace referencia a uno de los primeros soportes de la escritura: la corteza de los árboles. Las nuevas tecnologías despliegan ante nuestra mirada fascinada y, a veces encandilada, textos multimediales que combinan la palabra, el sonido y la imagen. En este nuevo escenario, la lectura lineal (y el flujo de pensamiento que ella implica) naufraga. Intuyo que así como la oralidad necesitó de la mnemotecnia, la grafía conllevó el desarrollo de la prensión del pulgar (no es gratuita la cercanía entre las áreas cerebrales que controlan los movimientos dactilares y aquellas que controlan las operaciones mentales propias del lenguaje) y la lectura silenciosa modificó  el pensamiento abstracto, del mismo modo las nuevas tecnologías producirán nuevas habilidades físicas (pensemos, por ejemplo,  en la capacidad del ojo humano para captar e interpretar simultáneamente diversos estímulos) e intelectuales.  Recuerdo que cuando iba a la escuela primaria leía libros de cuentos en los que podía elegir entre varias hilos narrativos, saltar a una página u otra. Hoy ese jardín de senderos que se bifurcan se vuelve laberinto. De nosotros depende disfrutar el juego o perder la orientación, caer en la divagación o serendipia. Libro, lectura, texto… conceptos que están siendo redefinidos.

Artículo recomendado: «Multimedia y modalidades de lectura: una aproximación al estado de la cuestión» por Javier Díaz Noci, en Comunicar 33, XVII, 2009 (se puede descargar en este enlace).

María Elena Walsh

Hoy se ha ido María Elena Walsh. Sus textos la redimen de la muerte, esa palabra ajena al universo lúdico de los locos bajitos que han crecido cantando sus coplas.

Su voz:

Serenata para la tierra de uno

Y sus tangos...

 

 

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