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Exegi monumentum aere perennius

23 de abril: Día Mundial del Libro y del Derecho de Autor

Una fecha simbólica ya que un 23 de abril  de 1616 fallecieron Cervantes, Shakespeare y el Inca Garcilaso de la Vega. Sus obras siguen vivas y lo seguirán estando mientras haya lectores.

Gaturro. Nik

Gaturro. Nik

Exegi monumentum aere perennius.

[He construido un monumento más perenne que el bronce]

Horacio

Un libro es un objeto material, sí, el opus mechanicum del que hablaba Kant en 1798. El fetichismo y la esnobismo pueden llevar a comprar metros de estanterías con libros para decorar un estudio o una oficina. Materialismo vacuo. Por sobre todo, el libro es una obra intelectual (el objeto simbólico del que habla Pierre Bourdieu), algo inmaterial que no se puede destruir si perdura en la memoria de la gente. La memoria, precisamente, es el modo de salvar las obras de la destrucción organizada de los libros en Farenheit 451 de Ray Bradbury. Como obra intelectual, los libros está protegidos por  el derecho de autor, que también se recuerda el 23 de abril. En la transmisión, resguardo y difusión de las obras intelectuales intervienen editores, correctores, traductores y libreros, profesiones que aunque esenciales suelen permanecer invisibles en los créditos.

No concibo la vida sin libros. No imagino cómo sería mi vida sin los libros que me han hecho lo que soy. Probablemente, vería la vida de otra manera si no la hubiera visto a través de la mirada de Horacio y la Maga, de Rascolnikov, de Odiseo, de Antigona, de Poncia, de Galeano, de Woolf, de Bierce, de Maeterlick, de Huxley, de Orwell… y de muchos otros que me regalaron la posibilidad de un prisma entre las manos. Porque los libros que leemos nos hacen, son hilos de la trama de nuestra historia como individuos y como humanidad. Desde los cuentos infantiles (¡qué lindo es observar a los pequeños duendes con los ojos bien abiertos sumergirse en una historia de imágenes y palabras!), somos hechos por los libros. (Habría que pensar críticamente los estereotipos de los cuentos infantiles, ¿no les parece?). Los libros eliminan distancias físicas, religiosas, culturales, sociales.  Constituyen la primera y principal herramienta para la democratizacíon del pensamiento y del conocimiento y para la difusión y perduración del saber que el ser humano ha acumulado en su tenaz esfuerzo por comprender el mundo.  Los libros, en papel o digitales, abren los ojos, despiertan emociones, cavan túneles en el pensamiento, nos permiten vivir otras vidas y re-ver (ver con nueva mirada) la propia.  ¡Qué diminuta, desamparada e indigente sería la existencia sin los libros!

Y entre todos los libros, la literatura. Aquí, por gusto personal, descarto la tecnología. Como he dicho en otra parte, la literatura es un universo privado, poblado de voces, caminos furtivos, delicias al alcance de la mirada, territorios de arduo recorrido o placentera estancia, una cosmogonía que se expande y enriquece a medida que hacemos nuestro un nuevo texto. Un libro no es un libro; son muchas lecturas, muchas interpretaciones. Un libro tampoco es el mismo libro a lo largo de nuestra vida. Cada vez que abrimos el diálogo placentero y enriquecedor con las voces que perduran a través de tiempo y espacio, el sentido es diverso. Así como nadie se baña dos veces en el mismo río (Heráclito), «cada vez que leemos un libro, el libro ha cambiado, la connotación de las palabras es otra» (Borges, 1978).

Seguramente, a muchos de ustedes les sucedió como a mí descubrir o redescubrir un texto en un momento preciso de la vida y sentir que estaba escrito para nosotros, para ayudarnos a atravesar ciertas experiencias o desafíos. En el capítulo “El canto de Ulises”, de Si esto es un hombre(1947), Primo Levi recuerda cómo le recitaba pasajes de la Divina Comedia a su joven amigo Jean Samuel, a quien él llamaba Piccolo, en los campos de concentración de Auschwitzch. Sumergidos en el infierno nazi, sus almas se elevaban gracias a la literatura que les recordaba su humanidad. Hace unos años, Samuel escribió junto a Jean-Marc Dreyfus la obra Il m’appelait Pikolo en agradecimiento a quien le descubriera la voz de Dante. Los libros también salvan de la muerte…

Borges, J.L. (1978) «El Libro», en Borges oral. Buenos Aires: Emecé Editores.

Bourdieu, P. (2002[1966]) Campo de poder, campo intelectual. Buenos Aires: Montressor.

Kant, E. (1980[1798]) Metafísica de las costumbres. Madrid: Espasa-Calpe.

Libro recomendado:

Cavallo, G. y Chartier, R. (1997) Historia de la lectura en el mundo occidental. Madrid: Taurus.

Para tener en cuenta:

Biblioteca digital mundial

UNESCO. Memoria del Mundo. Programa de conservación del patrimonio documental del mundo.

Citas textuales y derechos de autor II

Continuando con el tema de derechos de autor, del que ya hable en otra entrada, hoy me referiré al plagio en internet (conocido como cyber-plagio) y al plagio traducido.

¿Los blogs están protegidos por derechos de autor?

Sí. Los blogs de WordPress estan protegidos por licencia Creative Commons. Además, quienes escriban en blogs pueden proteger sus materiales (entradas, imágenes, audios, pdf, ppt, etc.) de forma individual. Es recomendable colocar un widget en la barra lateral donde se explicite que el nombre del autor y el nombre del blog están protegidos por copyright y donde también quede explícito qué se puede compartir y qué no. Como medida adicional, podemos colocar una leyenda de copyright en cada uno de nuestras entradas (posts). Tengamos en cuenta que así como tenemos el derecho de proteger nuestras creaciones intelectuales, de la misma manera tenemos la obligación de respetar los derechos ajenos. Si incluimos en nuestro blog ideas o fragmentos de otros autores, coloquemos las atribuciones como corresponde, es decir, nombre de autor, título y fuente del material. En la barra lateral de Español (con virgulilla) podrán ver el widget con la licencia de mi blog.

¿Cómo proteger documentos e imágenes en los blogs?

Si subimos documentos o imágenes, es conveniente ponerles una marca de agua.

¿Cómo averiguar si han copiado nuestro blog?

La opción más común es escribir un fragmento entrecomillado en el buscador (las comillas son esenciales para obtener resultados específicos).

Otra opción es Copyscape, que permite ingresar la dirección web de una entrada y comprobar qué páginas web tienen contenido similar al nuestro. Los resultados se organizan de acuerdo con la cantidad  de palabras iguales y el porcentaje de coindicencias.

Algo más difícil de detectar es el plagio traducido. Textos que son traducciones no autorizadas y que se publican como contenido original. Recordemos que para traducir cualquier tipo de texto protegido por derechos de autor debemos solicitar la autorización por escrito. En el Laboratorio de Ingeniería en Lenguaje Natural (NLE) de la Universidad Politécnica de Valencia, un grupo de investigadores desarrolla el programa PAN (Plagiarism Detection) para la detección automática de plagio, incluso en textos traducidos.

El plagio no nació con la era digital (les recomiendo esta página sobre plagios famosos en la literatura). Quienes publicamos contenidos en internet, conocemos las reglas de juego… En mi caso, me he limitado a comunicarme por mail con los usurpadores 🙂 Otro tipo de plagio es el académico, sobre el que me limito a dejarles bibliografía.

Lecturas recomendadas:

Guía de Propiedad Intelectual, escrita por Sergio Ovalle Pérez

Comas, R. y Sureda, J. (2007) Ciber-Plagio Académico. Una aproximación al estado de los conocimientos, Revista TEXTOS de la CiberSociedad, 10. Temática Variada. Disponible en http://www.cibersociedad.net (Incluye una amplia lista de bibliografía sobre el tema).

Fuertes Puerta, A (2012).  El plagio como estrategia de traducción: Estudio descriptivo de textos narrativos inglés-español. Tesis doctoral dirigida por Julio César Santoyo. Se puede descargar aquí.

Universitat de les Illes Balears. Compilación de artículos y recursos sobre el plagio académico. Ver aquí.

 

Citas textuales y derecho de autor. Parte I.

Por Marina Menéndez

Una cita es la inclusión en un texto propio de un fragmento de las palabras de otro. Ya se trate de cuatro palabras o de mil, cada vez que citamos tenemos la obligación moral y legal de marcar tipográficamente los límites entre nuestro discurso y el fragmento citado y de indicar claramente las fuentes de donde hemos extraído la cita. De lo contrario, estaremos cometiendo el delito de plagio y violando los derechos de autor y de propiedad intelectual. Comencemos por la parte más tediosa…

Aspectos legales de la citación

Como ya he mencionado en otro artículo, las obras intelectuales están protegidas por derechos de autor y de propiedad intelectual. La Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI) –cuya página web en español necesita urgente un corrector– es un organismo de las Naciones Unidas dedicado a la regulación de la propiedad intelectual de patentes, derecho de autor, marcas, diseños (dibujos y modelos), etc. En Argentina, el artículo 17 de la Constitución Nacional establece que todo autor o inventor es propietario exclusivo de su obra, invento o descubrimiento, por el término que le acuerda la ley (que en nuestro país es setenta años). Este derecho no es absoluto ya que está limitado por la reglamentación de la Ley N.° 11723 (ley de Propiedad intelectual), que en su artículo 10 establece que

Cualquiera puede publicar con fines didácticos o científicos, comentarios, críticas o notas referentes a las obras intelectuales, incluyendo hasta mil palabras de obras literarias o científicas u ocho compases en las musicales y en todos los casos sólo las partes del texto indispensable a ese efecto. Quedan comprendidas en esta disposición las obras docentes, de enseñanza, colecciones, antologías y otros semejantes. [el resaltado es mío]

Esto es lo que se conoce como derecho de cita. Por tanto, tenemos derecho a citar a otros autores siempre y cuando no nos excedamos de mil palabras y mencionemos el autor y la fuente a fin de que esta pueda ser consultada. Si no mencionamos la fuente de la cita o excedemos el límite de mil palabras que establece la ley, estaremos incurriendo en abuso de cita. Para citar más de mil palabras se debe gestionar la autorización expresa por escrito de quien tenga los derechos sobre la obra.

Además de las legislaciones nacionales e internacionales, existen las licencias Creative Commons para proteger los derechos de autor. Por ejemplo, el contenido de este blog está protegido por licencia Creative Commons.

En Argentina, una de las especialistas más destacadas en el ámbito del derecho de autor fue la Dra. Mabel Goldstein, quien fuera titular de la cátedra Derechos editoriales y de autor en la carrera de Edición de la UBA desde 1992 hasta su fallecimiento en el 2009. Al final de esta entrada incluyo las referencias a varias de sus obras.

Tipos de citas

Básicamente, hay dos tipos de citas: las directas y las indirectas. En ambos casos, se debe indicar quién es el autor del fragmento citado. La cita indirecta reproduce las ideas de otro pero no necesariamente sus palabras textuales. La cita directa es aquella en la que se reproducen literalmente las palabras ajenas y se las marca tipográficamente. En esta entrada nos ocuparemos de las citas directas.

Cita indirecta

  • Felipe González dice que ya está bien de obsesiones golpistas.

Cita directa

  • Felipe González dice: «Ya está bien de obsesiones golpistas».

(Ejemplos adaptados de Gómez Torrego, 1997)

¿Cómo introducir una cita?

Lo más frecuente es incluir el apellido del autor seguido de un verbo de decir (afirma, sostiene, arguye, etc.) y a continuación los dos puntos antes de las comillas de apertura. En estos casos, es incorrecto incluir la conjunción subordinante que porque, como señala Gómez Torrego (1997: 329), la conjunción que no se utiliza en el estilo directo. El uso de la conjunción que en las citas directas es uno de los errores más frecuentes en los textos académicos y en los periodísticos.

  • Eduardo Galeano afirma que: «Día tras día, se niega a los niños el derecho a ser niños».

¿Cómo se marcan tipográficamente las citas?

Si el fragmento citado tiene una extensión de hasta tres líneas (aproximadamente 40 palabras), la cita va incluida en el cuerpo de nuestro texto y se marca tipográficamente a través de comillas (« ») o de letra cursiva. La elección entre el uso de comillas o de letra cursiva depende muchas veces del estilo editorial; lo que debemos recordar es que no se puede utilizar ambas marcas a la vez.

Si la cita tiene más tres líneas, se escribe en párrafo aparte, en letra redonda, con una sangría mayor a la del cuerpo de nuestro texto y en cuerpo menor que el de nuestro texto (es decir, si nuestro texto está en Arial 12, la cita irá en Arial 11 o Arial 10). Esto es lo que se conoce como cita a bando.

ilustración de citas textuales

¿Qué es eso de letras redondas y letras cursivas?

Será conveniente aclarar que estamos hablando de tipografía, es decir, la gráfica de las letras. La letra redonda es la común, como la que utilizo en casi todo este texto. La cursiva, también llamada bastardilla o itálica, es la letra inclinada que utilizo en esta oración. También están las mayúsculas, conocidas por todos, y las versalitas. Las versalitas tienen la forma de las mayúsculas pero el tamaño de las minúsculas.

¿Qué tipo de comillas se utilizan?

La norma (RAE, por ejemplo) indica que debemos utilizar las comillas angulares, también llamadas españolas o latinas (« »). Sin embargo, la práctica (y los editores) indica que el uso de las comillas angulares o de las comillas inglesas, también llamadas voladitas (» «), es en general indistinto (García Negroni, 2010: 124). Pero no siempre… Cuando dentro del fragmento citado ya existen comillas, la única manera  de salir del brete es recurrir al uso de ambos tipos de comillas: la cita va entre comillas angulares y la cita incluida en la cita va entre comillas inglesas Veamos un ejemplo:

Patricia Wilson sostiene que «Los rasgos que Borges destaca en la narrativa faulkneariana son las experimentación con el tiempo, y la pareja preocupación «por los procedimientos de la novela y el destino y carácter de las personas», pero sobre todo, los vínculos entre realidad y verosimilitud» (2004: 163).

En el ejemplo anterior tenemos tres voces: el autor del texto general, Patricia Willson y Borges. Las comillas angulares marcan la frontera entre la voz principal y la de Willson, y las comillas inglesas señalan los límites entre la voz de Willson y la de Borges.

¿Y si me quedan dos (o tres) comillas de cierre juntas al final de oración? Cuando escribimos o editamos, intentaremos evitar que se genere este problema. En el ejemplo siguiente, se podría utilizar la cita indirecta

  • El director  relató: «Juan dijo que «el maestro es un ‘ignorante’ » ».
  • El director relató que Juan había dicho que el maestro era un «ignorante».

Bueno, hasta aquí llegamos por hoy. Espero que les sirva esta nota. Hay mucho para decir (y aprender sobre este tema) así que continuaré escribiendo sobre las citas textuales.

Enlaces útiles sobre propiedad intelectual y derechos de autor:

Unión Europea. Los derechos de autor y derechos afines en la sociedad de la información. Directiva.

Tratado de la OMPI sobre derechos de autor

Convenio de Berna para la protección de las obras literarias y artísticas.

Bibliografía:

Sobre citación:

García Negroni, M. M. (2010). Escribir en español. Claves para una corrección de estilo. Buenos Aires: Arco Libros.

Gómez Torrego, L. (1997). Gramática didáctica del español. Madrid: SM.

Martínez de Sousa, L. (2001). Diccionario de edición, tipografía y artes gráficas. Gijón: Trea.

————————- (2004). Ortografía y ortotipografía del español actual. Gijón: Trea.

Reyes, G.(1994). Los procedimientos de cita: citas encubiertas y ecos. Madrid: Arco Libros.

———– (1993). Los procedimientos de cita: estilo directo y estilo indirecto. Madrid: Arco Libros.

Sobre propiedad intelectual y derechos de autor:

Goldstein, M. (1998). Derechos Editoriales y del autor. Buenos Aires: Eudeba.

————— (1996). Respuestas Jurídicas para la Empresa Editorial. Buenos Aires: C.B.C.                                                                                                   —————- (1996). El Derecho de Autor en la Argentina y en el Mercosur, Organización de Estados Americanos – Secretaría de Cultura de la Nación.
—————- (1996) Temas sobre la Protección Jurídica de la Creatividad (comp.). Buenos Aires: OPFYL.
—————- (1995). Derecho de autor, Banco de casos (comp.). Buenos Aires: Quetal.
—————- (1995). Derecho de autor, Buenos Aires: La Rocca.
—————- (1994). Legislación argentina en materia de derecho de autor. Tomos I y II. Buenos Aires: OPFYL.
—————- (1993). Respuestas Jurídicas para la Empresa Editorial. Buenos Aires: Sielp.

Harms, Louis (2005). Enforcement of Intellectual Property Rights. Ginebra: Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

Lipszyc, Delia (1993). Derecho de autor y derechos conexos. ISBN 92-3-102837-5. Paris/Bogotá/Buenos Aires: Ediciones UNESCO.

Nota: esta entrada forma parte de los trabajos que he elaborado en el marco de la Especialización en Edición dictada por la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la UNLP. El tema de la legislación sobre propiedad intelectual y derechos de autor ha sido abordado en el seminario del profesor Rubén Bárcena en noviembre de 2012.

ISBN en Argentina

Por Marina N. Menéndez

Los libros tienen una doble naturaleza: son objetos simbólicos y también productos de consumo. Y, como cualquier producto, se rigen por la lógica del mercado (bien lo saben las editoriales), al menos desde el siglo XVII cuando, antes aún de la formación de los Estados, se constituye el mercado editorial. Como las latas de tomate, la mayoría de los libros tienen un código de barras que es la marca de su incorporación en el circuito comercial.  El código de barras, que puede ser leído por sistemas electrónicos (como en las latas de tomate) y el  ISBN (Número Internacional Normalizado para Identificación de Libros, por sus siglas en inglés) identifican a un libro, ya sea impreso o digital, como producto comercial.

¿Para qué sirve el ISBN?

La identificación de los libros con ISBN la utilizan editores, libreros, distribuidores, bibliotecarios y  minoristas de Internet para catalogar, realizar pedidos, registros de ventas y de control de existencias. Aunque las normas de citación bibliográfica no exigen indicar el ISBN, es cada vez más frecuente incluirlo en las referencias bibliográficas. Si uno conoce el ISBN de un libro es muy fácil encontrarlo en Google Books o en los catálogos online de las librerías y acceder a toda la información sobre la obra.

¿El ISBN es solo para los libros impresos?

No. El registro de ISBN se aplica a libros de publicación impresa o digital, es decir, es independiente del soporte de la obra. Los libros digitales y especialmente los artículos científicos y académicos publicados en Internet, pueden tener además del ISBN un identificador DOI (Identificador Digital de Objetos). El DOI es un código alfanumérico que sirve también para buscar una publicación en Internet aun cuando el documento haya cambiado de ubicación en la red, es decir, funciona como un identificador permanente en los buscadores. Para más información detallada sobre el DOI, leer este artículo de María Luisa Álvarez.

¿Tener ISBN protege los derechos de autor y los derechos de propiedad intelectual?

No. El trámite de propiedad intelectual es independiente de la solicitud de ISBN. La propiedad intelectual es «el conjunto de derechos de autor, personales (morales) y patrimoniales (económicos) que corresponden a los autores sobre las obras de su creación» (fuente: http://bc.uns.edu.ar/propiedad-intelectual-y-derecho-de-autor/66).La propiedad intelectual está regulada en Argentina por la Ley N.° 11723, de 1933 y por la Ley N.° 25036, de 1998, que modifica los artículos 1°, 4°, 9° y 57 e incorpora el artículo 55 bis a la Ley N° 11.723 (las modificaciones atañen a la propiedad sobre software). En una próxima entrada, escribiré sobre los derechos de propiedad intelectual.

¿Qué formato tiene el ISBN?

Desde el 2007 el ISBN consta de trece dígitos divididos en cinco bloques que codifican la información de la obra de la siguiente manera: los tres primeros dígitos (978) identifican al producto como libro, el segundo bloque –que contiene entre uno y cinco dígitos– identifica el grupo nacional, geográfico o lingüístico (950  o 987 para Argentina), el tercer bloque –que puede ser de hasta siete dígitos– identifican al editor o sello editorial, el cuarto bloque identifica –que puede tener hasta seis dígitos– corresponde a la edición y formato de un título específico  y el último bloque –de un dígito–  es de control. Cada bloque está generalmente separado por guiones. El código ISBN también puede representarse como un código de barras GS1 (antes denominado EAN-13). Cuando se realiza el trámite de ISBN se puede solicitar en el mismo formulario el código de barra correspondiente. Al final de esta entrada encontrarán los datos para solicitar códigos de barra en Argentina. Hay que tener en cuenta que el ISBN y el GS1 son dos sistemas de codificación complementarios pero diferentes.

Aclaración: en el caso de editoriales universitarias, como Edulp, se asigna un solo prefijo editorial para la editorial de la universidad y las editoriales de todas las unidades académicas.

Menendez_Cómo-leer-el-ISBN

¿Dónde encuentro el ISBN de un libro?

Por Norma ISO 1086 en los libros impresos el ISBN aparece al dorso de la portada, en la página legal, también denominada página de créditos, y al pie de la contratapa.

¿Es obligatorio tener ISBN?

El sistema internacional ISBN no impone ninguna obligación legal de tener un ISBN. Sin embargo, en Argentina la Ley N.° 22399 establece: «Todo libro editado en la República Argentina deberá llevar impreso el número del Sistema Internacional Normalizado para Libros (ISBN – Internacional Standard Book Number)». Por tanto, en Argentina el ISBN es obligatorio.

¿Dónde se solicita el ISBN?

El código ISBN se obtiene en las agencias regionales.  En Argentina, la Cámara Argentina del Libro es la encargada de realizar los trámites de catalogación y registro de ISBN de libros de edición argentina. El ISBN es de validez universal, para cualquier formato y soporte, y se otorga independientemente de si las publicaciones y productos relacionados están disponibles gratuitamente o a la venta.

¿Quién puede tramitar el ISBN?

Las editoriales socias de la Cámara Argentina del Libro (son aquellas que abonan una cuota mensual).

Las editoriales, instituciones, empresas, asociaciones, ONGs, Organismos Oficiales, etc. no socias de esta Cámara que editen la obra.

Autores particulares. Se considerará edición de autor-editor a aquella publicación única en la que el mismo autor sea el editor de la obra y no utilice un nombre como sello editorial. Si el autor ha publicado o publicará más de una obra, deberá registrarse como editor.

A través de un tercero con la debida autorización.

¿Qué datos se necesitan para solicitar el ISBN?

Si el registro lo realiza un autor/editor, se debe completar un formulario que incluye la siguiente información (en negrita los datos obligatorios): datos personales del responsable de la solicitud, título de la obra, autor o editorial, formato de publicación (físico o electrónico), soporte (libro, part-work, fascículo, mapa, agenda), público (general, educación para adultos, escuela primaria y secundaria, enseñanza de inglés como segunda lengua, infantil/juvenil, juvenil, profesional y académico, universidad/ educación superior), idioma, tipo de obra (original o traducción), número de edición, tirada, canal de venta, precio, temática, palabras clave, resumen de no más de 1200 caracteres y características físicas de la obra.

Otros datos que se solicitan cuando quien realiza el trámite es un sello editorial son: clasificación decimal de Dewey (CDD), traductor y coeditores.

¿Hay que pagar para obtener el ISBN?

En Argentina, sí. En otros países, como Canadá, es gratis.

Además de los libros, ¿qué otros productos se identifican con ISBN?

Los apartados concretos (por ejemplo, los capítulos) de las publicaciones monográficas si estos van a ser distribuidos por separado, a los números o artículos de publicaciones seriadas que se pongan a disposición del público por separado también pueden tener su propio ISBN. Otros productos que se identifican con ISBN son: audiolibros, copias digitalizadas de libros impresos, folletos, mapas, publicaciones en braille, publicaciones electrónicas, publicaciones en microforma, publicaciones multimediales, software educativo o informativo y películas educativas o instructivas, vídeos y transparencias, indicando el nivel y materia de la instrucción.

Otros productos culturales son identificados con diversos sistemas de codificación; entre otros, están el ISSN (International Standard Serial Number) se utiliza para publicaciones seriadas (boletines, periódicos, revistas, series de monografías, etc.); el ISRC (International Standard Recording Code), para grabaciones de audio y de video; el ISMN (International Standard Music Number), para obras musicales impresas.

Fuentes de información

Para otras preguntas frecuentes sobre el ISBN, vean esta página de la Cámara Argentina del Libro o esta página de la Agencia Internacional de ISBN.

Ley de Propiedad Intelectual N.° 11723: descargar en pdf

Dirección Nacional de derechos de Autor, Argentina. Legislación.

Registro de propiedad intelectual en Argentina.

Sobre el DOI: Malo de Molina, Teresa. Sistemas para la interconexión e integración de recursos. Documento en pdf.

Datos útiles

RILVI (Repertorio Integrado de Libros en Venta en Iberoamérica)

Base de datos de libros editados en España: consulta aquí.

Centro Nacional Argentino de ISSN.

Centro Internacional de ISSN.

Agencia Internacional de ISMN.

Agencia Argentina del ISMN.

Agencia Argentina ISBN. Cámara Argentina del Libro.

Av. Belgrano 1580, 4° Piso. C1093AAQ Buenos Aires, Argentina.
Tel: (54 11)4381-8383.
Fax: (54 11)4381-9253.
Horario de atención: Lunes a viernes de 13 a 17 h.
E-mail: registrolibros@editores.org.ar
Web: www.editores.org.ar /  www.isbnargentina.org.ar

GS1 Argentina

Fraga 1326. C1084ABE Buenos Aires. Argentina

Tel: ( 54 11) 4556 4700
Fax: (54 11) 4556 4740

Web: http://www.gs1.org.ar
Email: info@gs1.org.ar

Pueden descargar esta entrada en pdf haciendo click aquí.

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